El auto no se teclea; se lee
Arrastra el auto de declaración y los datos del deudor, del procedimiento y del juzgado se trasladan al expediente, con el documento a la vista para comprobarlos. Te ahorra el tecleo; la última palabra es tuya.
Software concursal en la nube
ControlConcursal calcula los vencimientos del TRLC desde el auto, te avisa antes de que venzan y deja por escrito que actuaste a tiempo. Tú pones el criterio; lo demás lo hace el programa. En la nube, con los datos en la Unión Europea.
Hoy un concurso vive repartido entre Word, Excel, Outlook y el calendario. Aquí va del auto de declaración al archivo, dentro de un mismo expediente.
Lo que un expediente necesita, del alta a la conclusión, pensado para la práctica diaria de la administración concursal. No es una lista de funciones: es el trabajo mecánico quitado de en medio para que quede el tuyo.
Arrastra el auto de declaración y los datos del deudor, del procedimiento y del juzgado se trasladan al expediente, con el documento a la vista para comprobarlos. Te ahorra el tecleo; la última palabra es tuya.
Riesgos bancarios (CIRBE), declaración de renta, vida laboral, certificados: cada documento se incorpora y su contenido va adonde corresponde —las entidades acreedoras a la lista, los datos del deudor a su ficha. Te quita el tecleo, no el criterio.
A partir de la fecha del auto, la aplicación genera los vencimientos del expediente con su referencia legal, los recalcula al completarse cada hito y avisa de lo que vence. La responsabilidad es tuya (art. 94 TRLC); que el aviso no dependa de tu memoria.
Cada crédito con su clasificación, garantía e importes, y totales automáticos por privilegio. Las listas provisional y definitiva quedan listas para su presentación en los formatos admitidos por los juzgados, sin rehacer las sumas a mano.
Cada escrito se genera con los datos de este expediente ya incorporados —sin copiar y corregir el del caso previo— y se archiva en la carpeta del caso, listo para firma. Incluye el informe de la administración concursal (art. 292), ensamblado con lo que ya consta: balances, ratios, acreedores e inventario.
Las comunicaciones se preparan para envío conjunto y cada una queda registrada por sí sola en el diario del expediente. Las notificaciones de los organismos se anotan con su plazo de contestación a la vista. Ese diario es la base del registro de diligencia.
Juzgados, entidades acreedoras y compradores de activos, comunes a todos los expedientes: se pueblan una vez y, a partir del segundo caso, los datos y los correos ya están. En liquidación, el inventario se comunica a los posibles compradores por tipo de activo y zona.
Cálculo conforme al arancel (RD 1860/2004) a partir de los datos del concurso, con el escrito correspondiente. Persona física y jurídica. Sin una hoja de cálculo aparte.
Cada plazo cumplido, cada hito, cada documento y cada comunicación quedan registrados con su fecha. Cuando en una rendición de cuentas —o ante tu seguro de responsabilidad civil— haya que acreditar qué se hizo y cuándo, el registro de diligencia se emite en un momento. Es la prueba de tu diligencia como administrador (art. 94 TRLC), y algo que la competencia no da.
Subir los datos de tus concursados a una nube fuera de Europa es un riesgo de RGPD del que respondes tú. Aquí no ocurre: la información se aloja en servidores de la Unión Europea, entras con tu usuario desde cualquier equipo del despacho y tú sigues siendo el responsable del tratamiento.
Un esquema con las fases del concurso de acreedores y sus plazos conforme al TRLC, listo para imprimir y consultar. Te lo enviamos por correo electrónico, sin compromiso.
Cargamos un caso y valoramos juntos si la herramienta se ajusta a tu despacho. La sesión da para verlo en directo: el alta completa de un expediente y su circularización, de principio a fin. Si no resulta adecuada, te lo diremos desde el primer momento.